sábado, 7 de noviembre de 2015

ESTUDIOS PREVIOS:FALENCIAS, CONSECUENCIA Y ACCIONES

Falencia Entidades Contratantes: Determinación errónea de estudios previos ya sea por no ser realizados por profesionales con conocimientos técnicos vinculados a lo que se requiere contratar o falta de determinación clara de la necesidad, dando como consecuencia que los bienes, obras o servicios que se requieren contratar no cumplan con las condiciones técnicas que permitan satisfacer necesidades.

Proveedores.- Con una mala determinación de los estudios previos; y, al no ser éstos, claros, concretos e inequívocos, los proveedores no podrán presentar ofertas que cumplan con nuestras necesidades y por tanto, el éxito de la contratación se ve afectada desde el principio, toda vez que se corre el riesgo de:

·         Adquirir bienes, obras o servicios que no van a cubrir nuestras necesidades;
·         Que sean de mala calidad;  
·         Que el proceso sea cancelado; o
·         Que el proceso sea declarado desierto
·         Se pierda tiempo y recursos.


Acciones a realizar:   Las entidades contratantes deben tomar en cuenta que los estudios previos son imprescindibles y que no se los debe realizar a la ligera, sino con todo el tiempo y dedicación posible ya que de esto depende que se llegue a una adjudicación; y, por tanto, a una ejecución de contrato exitosa. 

En cuanto a los proveedores, nadie más que ustedes para identificar cuando una especificación técnica es incompleta, poco clara e incluso un tanto discrecional, por tanto, tienen toda la potestad exigir a la entidad contratantes todas las aclaraciones que sen necesarias durante la etapa de "preguntas y aclaraciones" a través del portal institucional del SERCOP, así como reclamar el cumplimiento de sus derechos cuando éstos se vena justificada y motivadamente afectados.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario