sábado, 7 de noviembre de 2015

CLASIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SEGUN SU NATURALEZA

Con el propósito de que el Estado a través de sus instituciones, organismos y dependencias realicen procesos de contratación que resulten ágiles y eficientes, se crearon varias modalidades cuya aplicación se define en virtud de la categoría de bien o servicio a contratar; es decir, si se trata de bienes o servicios normalizados o no normalizados, así como de conformidad al monto y la naturaleza de la contratación, dividiéndose en procedimientos de régimen común y en procedimientos de régimen especial

De la misma manera, la Ley divide a los bienes y servicios como normalizados y no normalizados estableciendo la verificación de esta calidad para la selección de procedimientos de contratación, es así que de acuerdo a las causales de aplicación detalladas en el LOSNCP y su RGLOSNCP;y, el  presupuesto referencial establecido, podemos clasificar:

Bienes y servicios normalizados: Ínfima Cuantía, catálogo electrónico, subasta inversa electrónica, menor cuantía, cotización y licitación.
Bienes y servicios no normalizados: Menor cuantía, cotización y licitación.
Obras: Menor cuantía, cotización, licitación y contratación integral por precio fijo.


Consultoría: Contratación Directa, lista corta y concurso público de ofertas.




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